Jueves, Febrero 23, 2012
   
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Requisitos para Optar por Membresía

De acuerdo al Título III, artículo 7 de los Estatutos Sociales de la Asociación de Empresas Turísticas Inmobiliarias, acápites a y b, en cuanto a Calidad de Socios se refiere:

De los socios.- Se consideran socios de ADETI:

a) Las entidades que suscriben la presente Acta Constitutiva.

b) Aquellas entidades o personas físicas, según sea el caso, que hayan sido admitidos como tales por el Comité Ejecutivo, previo cumplimiento de los requisitos establecidos en estos Estatutos o aquellos que pudieren ser adicionados en el tiempo por resolución de la Asamblea de Asociados o por decisión del Comité Ejecutivo,

Es decisión del Comité Ejecutivo admitir o rechazar como miembros de ADETI, a los candidatos propuestos.

Serán candidatos a miembro de ADETI las grandes Empresas Turísticas Inmobiliarias y los Promotores Inmobiliarios que desarrollen su actividad en áreas aprobadas por ADETI como zonas en desarrollo.

Los candidatos propuestos deberán cumplir, para poder obtener la calidad de socio, los siguientes requisitos:


a.- Empresas Turísticas Inmobiliarias:

a.1.- La Compañía Promotora:

· Ser una compañía autorizada a operar en la Republica Dominicana, con más de cinco años de operación.

· Acreditar, en el pais o el extranjero, experiencia en el sector de desarrollo turístico inmobiliario.

· Tener un capital social mínimo, o patrimonio, de más de US$10 millones.

· Cumplir con los estándares de calidad y la filosofía de la Asociación. No son elegibles aquellas personas físicas y/o jurídicas que hayan sido sometidas por lavado de dinero y/o quiebra fraudulenta.

· A efectos de acreditar experiencia en el sector, si la compañía no tiene más de cinco años en operación, será considerada la experiencia de los accionistas siempre y cuando estos representen como mínimo un 25% del capital social de la misma y/o controlen su gestión.

 

a.2.- El Proyecto propuesto:

· Cada proyecto debe calificar por si mismo y de forma individual.

· Superficie mínima a intervenir de 500,000 m2, o inversiones a realizar por valor de US$50 millones.

· Tener vocación de continuidad en el tiempo, haciéndose responsable de la prestación de servicios generales y el manteniemiento de infraestructuras.

· Ofrecer como actividades complementarias campos de golf y/o marinas.

· Haber iniciado obras de infraestructura que garanticen como mínimo la conclusión de la primera etapa.


a.3.- Circunstancias especiales:

· Cuando, a criterio del Comité Ejecutivo, se den circunstancias suficientes para aprobar el ingreso de un candidato como socio y éste no cumpla con los requisitos exigidos por los presentes Estatutos y/o Reglamentos, el candidato podrá ser pre-admitido con carácter PROVISIONAL, fijando un plazo razonable para regularizar su situación. Cuando el candidato considere regularizada su situación o una vez concluido el plazo estipulado, se volverá a someter la propuesta a consideración del Comité Ejecutivo para su aprobación definitiva, pudiendo éste último emitir un dictamen favorable o desfavorable.


b.- Promotores Turísticos Inmobiliarios:

1 - La Compañía Promotora:

· Ser una compañía dominicana legalmente constituida, con más de cinco años de operación.

· Acreditar, en el pais o el extranjero, experiencia en el sector de promoción turística inmobiliaria.

· Tener un capital social mínimo, o patrimonio, de más de US$2 millones.

· Cumplir con los estándares de calidad y la filosofía de la Asociación.

· A efectos de acreditar experiencia en el sector, si la compañía no tiene más de cinco años en operación, será considerada la experiencia de los accionistas siempre y cuando estos representen como mínimo un 25% del capital social de la misma y/o controlen su gestión.


2.- Circunstancias especiales:

· Cuando, a criterio del Comité Ejecutivo, se den circunstancias suficientes para aprobar el ingreso de un candidato como socio y éste no cumpla con los requisitos exigidos por los presentes Estatutos y/o Reglamentos, el candidato podrá ser pre-admitido con carácter PROVISIONAL, fijando un plazo razonable para regularizar su situación. Cuando el candidato considere regularizada su situación o una vez concluido el plazo estipulado, se volverá a someter la propuesta a consideración del Comité Ejecutivo para su aprobación definitiva, pudiendo éste último emitir un dictamen favorable o desfavorable.

Un representante de los Promotores Turísticos Inmobiliarios, escogido por y entre ellos, formará parte del Comité Ejecutivo.

La admisión de los nuevos miembros se hará previa solicitud formal y aprobación de por lo menos el 70% de los miembros del Comité Ejecutivo.

El voto para admitir un nuevo miembro será secreto.

Para ser admitida la solicitud en el orden del día deberá ser comunicada a la totalidad de los miembros del Comité Ejecutivo con al menos una semana de antelación. Cuando se prevea que no se va a cumplir con el quórum suficiente para realizar la votación, los miembros del comité que no vayan a estar presentes deberán delegar su voto en cualquier otro miembro del mismo. No se admite ningún otro mecanismo de votación que no sea presencial o por delegación.

Si cumple estos requisitos, por favor rellenar nuestro formulario de solicitud en este enlace.

 

Estatutos

Descarga los estatutos constitutivos de ADETI presionando en el siguiente enlace.

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